Madrid,
3 de ago (EFE).- Algunas empresas despiden a sus empleados durante las vacaciones de agosto, ahorran ese mes de
salario, que es sufragado por las prestaciones por desempleo, y vuelven a
contratarles en septiembre, una práctica que es ilegal según recuerda un
informe del despacho de abogados Jausas.
Madrid, 3 de ago (EFE).- Algunas empresas despiden a sus
empleados durante las vacaciones de agosto, ahorran ese mes de salario, que es
sufragado por las prestaciones por desempleo, y vuelven a contratarles en
septiembre, una práctica que es ilegal según recuerda un informe del despacho
de abogados Jausas.
Jausas explica que los servicios de
inspección de la Seguridad Social
persiguen estas prácticas desde su regulación en el plan de acción de 2006 por
lo que las empresas que las realizan, debido en su mayoría al desconocimiento
de la legislación vigente, deben evitarlo a fin de no sufrir las consecuencias
negativas que acarrean.
En el informe "Las vacaciones de
los trabajadores: respuestas a las cuestiones más frecuentes" se explican
algunas de las irregularidades que cometen las empresas y que según el despacho
de abogados, son "casi un problema sociocultural" en España,
pues muchas empresas no ven que estén haciendo algo ilegal.
Además de las sanciones, que van desde
los 6.251 euros por trabajador, la empresa se arriesga a que, si el trabajador
reclama, "los tribunales reconozcan que no ha habido voluntad de
finiquitar el contrato y que la antigüedad del trabajador se mantenga", advierten.
Por su parte, CCOO y UGT afirman que no tienen datos al
respecto ni conocen casos de trabajadores que los hayan denunciado.
Asimismo la patronal CEOE reconoce que las mencionadas prácticas
son ilegales, pero afirma no tener cifras sobre empresas que incurren en ellas.
El dato concreto de las empresas
sancionadas por estos motivos tampoco se puede conocer por el Ministerio de Empleo, que
explica que estos casos se incluyen en las estadísticas de infracciones
laborales, que no diferencia este tipo específico de falta.
En cuanto a los trabajadores que sí
disfrutan de sus vacaciones, según el informe los cambios introducidos por la
reforma laboral de 2012 sobre las bajas médicas que acontezcan durante el
periodo de asueto ha suscitado grandes dudas entre los empleados.
Jausas señala al respecto que la nueva
redacción del artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que se
aplazará el disfrute de las vacaciones pendientes cuando se inicie una baja
médica o por maternidad y que se retomarán en el momento en que el trabajador
esté en activo, antes de que transcurran 18 meses.
El único caso en que esto no será así
se dará cuando el trabajador se encuentre de vacaciones fuera del territorio
nacional, debido a que es obligatorio que la baja médica sea certificada por
"un facultativo nacional o por aquellos centros o entidades autorizadas
como mutuas de accidentes de trabajo".
http://noticias.lainformacion.com/mano-de-obra/salud-y-seguridad-laboral/expertos-recuerdan-que-despedir-en-agosto-para-no-pagar-las-vacaciones-es-ilegal_5aKdz3U4fESfGH2I90nFx1/
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