Una modificación de la Ley de la Propiedad Horizontal
facilita el cobro con carácter retroactivo. Los administradores de fincas se
quejan de que la banca "pide mucho y tarda en pagar"
La
adjudicación de viviendas, generalmente por ejecuciones hipotecarias, ha
convertido a las entidades bancarias en los principales morosos de las
comunidades de vecinos. El Consejo General de Colegios de Administradores de
Fincas de España calcula que en todo el país bancos y cajas de ahorro deben 256
millones de euros, de los que cuatro corresponden a la provincia de Córdoba.
Estas deudas eran la mayoría de las veces difíciles de cobrar.
"Los bancos exigen mucho para pagar a las comunidades y hasta ahora solo
han pagado desde que inscriben" el piso o local en el Registro de la Propiedad , "pero a
partir de ahora se van a cobrar las deudas con carácter retroactivo de tres
años". Mercedes Romero, presidenta del Colegio Oficial de Administradores
de Fincas de Córdoba, apunta al artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, que fue reformada en
junio.
"El adquirente de una vivienda o local en régimen de
propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad , responde con
el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de
propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores
titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de
la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y a los tres años naturales
anteriores. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta
obligación", dice el texto normativo.
MAS FACIL De esta forma "las comunidades se ven
beneficiadas y va a ser más fácil cobrar, aunque muchos bancos trabajan a
través de sociedades que gestionan su patrimonio inmobiliario y tardan" en
hacer frente a cuotas mesuales o derramas para el mantenimiento o arreglo de
los inmuebles, señala Romero.
La presidenta destaca que "había dos años en el aire"
en los que nadie pagaba, que corresponden al tiempo que se tarda en una
ejecución hipotecaria y con este artículo "se resuelve el problema".
Y es que hasta que se modificó la ley, cuando un banco se hacía con la
propiedad de un inmueble, por ejemplo por un embargo, solo asumía la deuda que
el piso, local o plaza de aparcamiento tenía contraída con la comunidad de
vecinos referente al año en curso.
A las comunidades les cuesta trabajo acudir a los tribunales
para reclamar deudas y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de
Córdoba calcula que solo el 1% de los morosos acaba ante el juez.
En Andalucía, los bancos deben un total de 47 millones de euros
que se reparten entre once millones a las comunidades de vecinos de Sevilla,
nueve a Málaga, siete a Cádiz, cinco a Granada, cuatro a Córdoba, Jaén y
Almería y tres a Huelva.
La morosidad total en las comunidades de propietarios españolas
superó los 1.600 millones al cierre del ejercicio 2012 y, a pesar de la
modificación legal, alcanzará los 1.900 millones de euros en 2013, según las
previsiones del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de
España.
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