miércoles, 30 de mayo de 2012

BREVES DE ACTUALIDAD: Una inspección sorpresa detecta numerosos trabajadores sin contrato en bares del centro

Inspectores de trabajo y policías locales actuaron durante la madrugada del domingo en once locales del Casco Antiguo y podría haber fuertes sanciones 


Entre 15 y 20 trabajadores sin contrato fueron detectados durante la madrugada del pasado domingo cuando, según se presume, estaban desempeñando las labores de portero, camarero, cocinero o pinchadiscos en once establecimientos de hostelería del Casco Antiguo de Badajoz.
Estas supuestas irregularidades fueron detectadas durante una redada sorpresa desarrollada conjuntamente por agentes de paisano destinados en la Unidad de Cometidos Especiales y Consumo de la Policía Local de Badajoz y subinspectores adscritos al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Las inspecciones comenzaron a las 12 de la noche y se prolongaron hasta bien entrada la madrugada del domingo. De ese modo aumentó el efecto sorpresa y en la mayoría de los establecimientos visitados se comprobó que al menos había una persona trabajando sin estar dada de alta.
Testigos presenciales han explicado que las actuaciones se hicieron de forma rápida por inspectores y agentes que vestían de paísano. En primer lugar, los inspectores penetraron en el interior del establecimiento para observar quiénes estaban trabajando. Luego, los agentes de la Policía Local les prestaron apoyo a la hora de identificar a los trabajadores y evitar posibles fugas.
Esta campaña de control del empleo sumergido afectó a pubs, cafés-concierto, bares y bocaterías del Casco Antiguo. En total, fueron 11 los establecimientos inspeccionados y, salvo dos o tres, en todos ellos se detectaron posibles infracciones que están siendo ahora analizadas. Desde la Policía Local de Badajoz se ha explicado que todas las personas identificadas -entre 10 y 20- son empleados que estaban trabajando en ese momento en los negocios sin tener contrato en vigor.
La nota oficial explica que «se pudo comprobar la presencia en muchos de estos locales de numerosos trabajadores que no se hallaban dados de alta ni presentaban contrato en vigor, dándose además la circunstancia de que, en alguno de estos casos, estas personas se encontraban percibiendo prestaciones por desempleo».
Las personas identificadas realizaban diversas ocupaciones, entre las que se encontraban las de portero, camarero, cocinero y pinchadiscos. Todos ellos fueron observados realizando estas ocupaciones por los subinspectores mientras ejercían estas labores.
Esa circunstancia posibilitó que fueran realizadas todas las denuncias, puesto que algunos empleados irregulares intentaron esquivar los controles policiales escondiéndose en los almacenes de los establecimientos. Otros buscaron la puerta trasera sin saber que los policías locales les iban a cerrar el paso. Incluso hubo uno que se cambió la camiseta para tratar de 'jugar al despiste', una maniobra que tampoco pasó desapercibida.
Esos intentos trataban de evitar las multas a las que se enfrentan tanto los empresarios como los trabajadores cuando los contratos no están en regla. El Real Decreto Ley 5/2011 que entró en vigor el 31 de julio del año pasado endureció las sanciones de forma importante.
Una empresa que incumpla la obligación de dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social puede ser sancionada con una multa mínima de 3.126 euros y máxima de 10.000. Esas cantidades son muy superiores a las que regían hasta el 31 de julio del año pasado, que iban de los 621 a los 6.250 euros.
Incluso es mayor el castigo cuando el trabajador que no esté dado de alta cobre una prestación de desempleo. En ese caso, la sanción mínima para la empresa es de 10.000 euros, mientras que la máxima se va a 187.515 euros.
Esas son las consecuencias directas, pero también hay perjuicios indirectos, puesto que las empresas que hayan cometido infracciones muy graves en materia de contratación pierden automáticamente las ayudas, bonificaciones o cualquier beneficio derivado de la aplicación de los programas de empleo, con efecto desde la fecha en que se cometió la infracción, y pueden ser excluidas del acceso a dichas ayudas por un período de dos años (un año cuando la infracción sea grave).
De forma oficial todavía no se ha facilitado el número de empresas afectadas y tampoco se conoce la cifra de trabajadores sin contrato detectados. Sin embargo, ha trascendido que en uno de los locales podrían haber sido localizados hasta cuatro trabajadores sin alta. En ese caso, el importe de la sanción se multiplicaría, por lo que la multa sería importante.
También los trabajadores podrían salir perjudicados, puesto que algunos de ellos estaban cobrando una prestación por desempleo que se exponen a perder.

SINIESTRALIDAD: Un agricultor de 45 años fallece al volcar su tractor

Alicante - El agricultor operaba con el tractor y al pasar por un pequeño desnivel el vehículo ha volcado, aplastando a su conductor.


Un agricultor de 45 años ha fallecido como consecuencia de un accidente laboral ocurrido al volcar el tractor con el que maniobraba en un solar paralelo a la calle Murillo de Ibi (Alicante), según ha informado la Comandancia de Alicante.
El siniestro se ha producido cuando el agricultor operaba con el tractor y al pasar por un pequeño desnivel el vehículo ha volcado, aplastando a su conductor, que ha fallecido en el mismo lugar de los hechos.
http://noticias.lainformacion.com

DIVULGATIVOS: Gobierno vasco edita una guía sobre atención a víctimas de accidentes laborales

Vitoria - Se ofrece información preventiva o sobre las medidas a adoptar en caso de un siniestro.


El Departamento de Empleo del Gobierno vasco ha editado una guía de atención a las víctimas de accidentes laborales, en la que se ofrece información preventiva o sobre las medidas a adoptar en caso de un siniestro.
La edición de esta guía responde al objetivo de cubrir el "vacío" que existía en este campo, tal y como ha explicado en un comunicado la viceconsejera de Trabajo, Sonia Pérez.
El libro, elaborado en la Mesa de Diálogo Social fruto de la colaboración de sindicatos, empresarios y Administración, ofrece un  catálogo de pasos a seguir en caso de accidente laboral.
La guía incluye recomendaciones para las empresas, especialmente las pymes. Entre los consejos se incluye la propuesta de elaborar un protocolo de actuación, para lo que se aportan una serie de recomendaciones.
En otro apartado, el texto, editado en castellano y en euskera, se dirige a las víctimas de los accidentes, a las que ofrece información sobre las prestaciones que ofrecen las mutuas.
Este documento de ayuda también destaca el papel de las Administración, en este caso de la Inspección de Trabajo y de Osalan, en la investigación del accidente y en la determinación de responsabilidades.
Asimismo, se informa sobre los derechos del accidentado o de sus familiares a ser informados de las actuaciones realizadas y de los resultados de la investigación por parte de la Administración y de la empresa.  
La guía se podrá obtener en las webs oficiales del Gobierno vasco, del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, Osalan y los agentes sociales que forman la Mesa de Diálogo Social: Confebask, UGT y CCOO. También habrá volúmenes a disposición de los interesados en las sedes de Osalan y en las delegaciones de Trabajo.
europapress.es


JURISPRUDENCIA: Un año de cárcel a un palista que atrapó el brazo de un obrero por accidente

Cantabria - Según la audiencia, ninguna medida de seguridad habría evitado ese accidente.


 Condenado a un año de cárcel un palista que atrapó el brazo de un trabajador de la construcción al que previamente había pedido que retirara del suelo una manguera que estorbaba a la máquina excavadora que conducía, y lo ha absuelto del delito contra los derechos de los trabajadores por el que también lo condenaron inicialmente.

Los hechos ocurrieron en marzo de 2004, cuando el trabajador estaba en las obras de construcción de treinta viviendas en Sarón (Santa María de Cayón). El palista estaba manejando una máquina excavadora cuando y se dio cuenta de que había un trozo de manguera que impedía su avance, y por ello solicitó auxilio a los operarios.

El trabajador herido le ayudó colocando la manguera en la pala de la excavadora, pero en ese momento el acusado, que no tenía visión por la bajante del terreno, atrapó el brazo de esa persona, e incluso llegó a levantarlo en el aire hasta que se dio cuenta de lo sucedido.

A raíz de este accidente, el operario sufrió una fractura en el húmero, con sección de una arteria, y precisó cirugía, tratamiento ortopédico, prótesis, curas y rehabilitación. Cinco meses después de este suceso, la Seguridad Social reconoció una incapacidad permanente en grado total a esta persona.

La sentencia del Juzgado de lo Penal no contiene un pronunciamiento indemnizatorio porque esa cuestión ya se resolvió en otro proceso anterior. El Juzgado condenó al palista y al administrador de la empresa que subcontrató las obras por delitos contra los derechos de los trabajadores y por lesiones imprudentes.
Les impuso a los dos un año de cárcel e inhabilitación para el desempeño de su profesión durante un año también.

Las defensas de los dos condenados recurrieron este fallo, y la Audiencia estima sus alegaciones parcialmente (en el caso del palista) y totalmente (en el caso del representante de la empresa que subcontrató las obras).

El tribunal no está conforme con la condena de esta persona, a la cual no se la menciona más que al principio de los hechos probados del fallo del Juzgado. Según indican los magistrados de la Audiencia, sólo se dice que era el administrador de la empresa que subcontrató los trabajos. "Nada más. Y con eso se le condena por los dos delitos a un año de prisión y a un año de inhabilitación", apuntan.

Manifiestan que en la sentencia no se cita qué derechos conculcó esta persona ni qué medidas de seguridad dejó de adoptar, ni tampoco en qué pudieron influir sus acciones u omisiones para que se produjera el accidente.

Pero además, el tribunal revoca la condena del Juzgado impuesta a esta persona por el delito contra los derechos de los trabajadores, porque entiende que esta acusación había prescrito.

Añade que no ocurrió lo mismo "por muy poco", con el delito de lesiones imprudentes, pero entiende que a ese acusado no se le puede atribuir ninguna imprudencia ni conducta ilícita.

El tribunal hace hincapié en que esta persona ni siquiera estaba en el lugar de la obra cuando se produjo el accidente.

En cuanto al recurso del otro procesado, el palista, la Audiencia subraya que en este caso no han prescrito los delitos. La Sala afirma que no tiene dudas de que esta persona cometió un delito de lesiones imprudentes, porque dijo al obrero que retirara esa manguera "sin razón alguna".

Agrega que el haber cerrado el cazo de la máquina fue una imprudencia, y considera que el descuido de esta persona "causó el resultado que causó". Pero la Audiencia no cree que el palista haya cometido un delito contra los derechos de los trabajadores porque, a su entender, ninguna medida de seguridad habría evitado ese accidente.

eldiariomontanes.es

BREVES DE ACTUALIDAD: Observatorio de las Enfermedades Profesionales relativas al mes de abril de 2012


UGT.- lunes, 28 de mayo de 2012


Según los datos facilitados por el Observatorio de las Enfermedades Profesionales relativas al mes de abril de 2012, se han producido un total de 6.106 enfermedades profesionales de las cuales 3.051 han sido con baja y 3.055 no han producido baja. Estos datos suponen un descenso del 10% con respecto al año 2011.

Con respecto a 2011 las enfermedades profesionales con baja han descendido un 8%, y también se ha reducido, un 11%, el número de de enfermedades profesionales sin baja.
Cataluña Euskadi y Navarra están a la cabeza de las Comunidades Autónomas que más enfermedades profesionales declaran, las que menos, Extremadura, la Rioja, y Cantabria.
Estas cifras aún están lejos de las del año 2006 en que se aprobó el nuevo sistema de notificación y registro que ponía de manifiesto que en España se estaban declarando menos enfermedades profesionales de las que en realidad se producían y que esto llevaba a la desviación al Sistema Público de Salud de unos costes que correspondería asumir a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
En abril de 2012 se han declarado 3.613 enfermedades profesionales menos que en 2006. El descenso que se ha producido en la declaración de enfermedades profesionales con baja y el aumento de las que no causan baja con relación al año 2006 (5.262 enfermedades con baja menos, pero 1.649 enfermedades sin baja más), debemos tomarlo con ciertas cautela, ya que desde UGT consideramos que puede deberse más al miedo a la pérdida del puesto de trabajo en la situación actual, que a la aplicación de medidas preventivas en el seno de las empresas.
El sindicato quiere destacar además, la no inclusión de los Riesgos Psicosociales en lo relacionado con las enfermedades profesionales, a pesar de que muchas de las dolencias y aspectos derivados de dichos riesgos, pueden generar patologías que hagan más difícil el desarrollo de la actividad laboral de los trabajadores/as, e incluso su exclusión del entorno laboral.
UGT denuncia que la falta de aplicación del Real Decreto de Enfermedades Profesionales, que en lugar de hacer que salgan a la luz todas las existentes, lo que está provocando hasta ahora es una menor declaración de las mismas.

EL 82,2% DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES ESTÁN CAUSADAS POR AGENTES FÍSICOS


Los agentes físicos -posturas forzadas, ruido o presión, entre otras- están en el origen de la mayor parte de las enfermedades profesionales, con una incidencia de un 82,2% sobre el total. El tramo de edad más vulnerable a las patologías profesionales se sitúa en torno a los 40-44 años y varía para hombres y mujeres, según las conclusiones que refleja la estadística de enero y febrero del Sistema de Comunicación de Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (CEPROSS).
Las enfermedades profesionales se agrupan según los agentes causantes en seis grupos: químicos, físicos, biológicos, por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados, enfermedades de la piel causadas por agentes y sustancias no comprendidos en ningún apartado anterior y agentes carcinogénicos.

DIVULGATIVOS: La Prevención de Riesgos Laborales como vía de crecimiento económico.


La Unión Europea, a través de la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo, promueve la prevención de riesgos laborales como factor “clave” para la recuperación económica, ya que cada año se pierden 450 millones de jornadas de trabajo que representan un coste para la economía europea de más de 490.000 millones de euros cada año, y ante las 5.500 muertes de trabajadores en accidentes laborales al año.
Durante un encuentro con los periodistas la directora de la Agencia, Christa Sedlatschek, señaló que la seguridad y la salud en el trabajo es un factor “clave para la recuperación económica” en España y en el resto de Europa.
Sedlatschek aseguró que en el contexto de crisis económica europea actual invertir en prevención de riesgos laborales “es más que nunca la mejor respuesta para la competitivdad, la productividad, la sostenibilidad y el crecimiento económico de las empresas”.
En este sentido, destacó la aportación de la seguridad y la salud laboral al “crecimiento inclusivo” al contribuir a la reducción de salidas anticipadas del mercado laboral, de las bajas por enfermedad y de la pobreza y la exclusión social.
Otras de las aportaciones “cruciales” que la seguridad y salud laboral reportan se producen en el “crecimiento sostenible e inteligente” a través de los “empleos verdes” y la “mano de obra sana y motivada”, indicó Sedlatschek.
Sobre el posible descenso de la inversión en la materia, la directora de la agencia aclaró que hay dos tipos de empresas, las que invierten al mismo nivel en seguridad y salud laboral y otras que “erróneamente” deciden “ahorrar”.
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, con sede en Bilbao, nació en 1996 para hacer los lugares de trabajo europeo más seguros, saludables y productivos con el fomento de una cultura de prevención de riesgos y cuenta la participación de la Comisión Europea, que colabora en la realización de investigaciones y estudios para ayudar a la evaluación de la seguridad laboral a nivel europeo.
En la UE mueren cada año más de 5.500 personas a causa de accidentes laborales y las enfermedades profesionales producen otras 159.000 muertes, lo que supone un fallecimiento cada 3,5 minutos.

martes, 29 de mayo de 2012

DIVULGATIVOS: Tres de cada diez supervivientes de cáncer se han sentido discriminados en su trabajo

En la actualidad hay un millón y medio de personas que han superado esta enfermedad en España




Tres de cada diez supervivientes de cáncer se han sentido discriminados o perjudicados en el trabajo a causa de la enfermedad, mientras que alrededor del 20% ha perdido su empleo o ha tenido problemas en la reincorporación laboral. Estos son algunos de los datos del primer estudio nacional, presentado este martes por el Grupo Español de Pacientes con Cáncer (GEPAC), que recoge la situación de estos pacientes tras superar la enfermedad.
Los resultados se basan en la opinión de más de dos mil afectados por esta enfermedad y revela las dificultades que experimentan al rehacer su vida normal, según ha publicado Efe.

Uno de cada diez ha sufrido una reducción salarial


El presidente de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), Juan Jesús Cruz, ha informado de que en España hay actualmente 1,5 millones de personas que han superado un cáncer.
Del análisis se desprende que uno de cada diez encuestados confirmó haber sufrido una reducción salarial o que la enfermedad ha constituido un obstáculo en la promoción profesional, le ha imposibilitado trabajar durante una jornada completa o continuar con los estudios.
Para un 5% de los consultados, el cáncer ha sido también motivo de problemas económicos y «nadie recibió ningún tipo de asistencia para resolver estas situaciones», ha precisado la psicooncóloga Emilia Arrighi, coordinadora del sondeo. «Sería conveniente que sistema sanitario fuera hábil en atender estas necesidades y saber cómo programar estos tratamientos», ha dicho el presidente del Foro Español de Pacientes (FEP), el doctor Albert Jovell, reseñado por EP al señalar que tanto los pacientes como sus familiares se ven afectados económicamente al enfrentar la enfermedad.
Jovell apunta que un empleado que padece o sobrevive al cáncer no debe ser visto como un obstáculo en la oficina. «El paciente con cáncer aporta al lugar de trabajo una cosa muy buena que es que sabe cómo luchar contra la adversidad; eso les hace seguramente mucho más útiles en muchos lugares de trabajo que a muchas otras personas», ha añadido, según EP.

 

Impacto en la vida cotidiana

Para el 64% de los encuestados, la pérdida de energía y el cansancio es el mayor de los problemas. Otra de las dificultades se ha detectado en el área de la sexualidad, que afecta al 40% de los participantes, mientras que alrededor de tres de cada diez presentan problemas en la micción, pérdida de memoria y concentración, así como dificultades para caminar o desplazarse.
En cuanto al impacto emocional, los resultados muestran que para un 61% de los supervivientes el mayor problema es el miedo a la recaída mientras que el 53% declararon padecer angustia y ansiedad. Asimismo, el 33% se mostró preocupado por los cambios en el aspecto físico y el 26% dijo tener constantes pensamientos sobre la muerte.

 

El 3 de junio lanzarán globos morados en el Paseo de la Castellana


Respecto al ámbito social y familiar, un 20% confesó haber tenido problemas de pareja durante o tras el tratamiento, al tiempo que un 30% reconoció que ha disminuido de forma notable su vida social y un 10% ha evitado conocer a gente nueva. Aun así, el 62% asegura que se sintió apoyado por familiares y amigos. Seis de cada diez encuestados recibieron seguimiento por parte de su oncólogo, mientras que alrededor de la mitad lo tuvieron por parte del médico de atención primaria.

Sólo el 20% de los encuestados recibió ayuda de organizaciones de pacientes o la posibilidad de ser atendido por un psicooncólogo. Según el informe, el 22% de los interpelados nunca recibió una explicación acerca de quiénes eran los miembros del equipo asistencial.
En relación a las necesidades de seguimiento, 56% de los participantes consideran necesario o muy necesario recibir atención por parte de un equipo interdisciplinar integrado por personal médico, de enfermería, además de la posibilidad de consultar un psicólogo o un trabajador social y otro 51% ha señalado que quieren participar en las decisiones relativas a la fase posterior a los tratamientos.
Y cuatro de cada diez encuestados plantearon además recibir una copia escrita del plan de seguimiento y disponer de un teléfono para realizar consultas.
En la rueda de prensa se ha presentado además la celebración por primera vez en España del Día Nacional del Superviviente de Cáncer, el próximo 3 de junio, que cuenta con el respaldo del GEPAC, de la SEOM y también de la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia (SEHH) y del Foro Español de Pacientes.
Entre otros actos, se ha organizado una suelta de 1.500 globos morados, el color que representa a las personas que han sobrevivido a una patología oncológica, que se realizará a las 11.30 horas en el Paseo de la Castellana de Madrid. En esta concentración, los supervivientes al cáncer escribirán los mensajes que quieran trasladar a la sociedad y los atarán a los globos que posteriormente se soltarán.
ABC/AGENCIAS / MADRID

DIVULGATIVOS: La mesa en la que trabajamos tiene 400 veces más bacterias que el asiento de un inodoro medio

La mesa en la que trabajamos en nuestra oficina tiene 400 veces más bacterias que el asiento de un inodoro medio

Ir a trabajar cada día a la oficina parece convertirse cada día en un reto permanente a los principios fundamentales de la prevención de riesgos laborales. En el libro “1, 001 Facts That Will Scare the S**t Out of You” (“1.001 cosas que te aterrorizarán”, ISBN 9781605506241), de Cary McNeal, se facilita en su capítulo 5 algunas cuantas razones más para “odiar tu empleo, a tu jefe y a los idiotas de tus compañeros de trabajo”, entre las cuales destaca el hecho de que la mesa en la que trabajamos en nuestra oficina tiene 400 veces más bacterias que el asiento de un inodoro medio, según la web medicalnewsservice.com.
Según el autor, la zona donde colocamos más asiduamente las manos en nuestra mesa de trabajo es el hogar de 10 millones de bacterias, y cuando levantas las manos te llevas contigo cerca de 7 millones de estos seres.
Por otro lado, según el mismo libro, el teléfono es el mayor portador de gérmenes de la oficina, seguido por las mesas, los tiradores de las puertas de los microondas, los de las fuentes de agua y los teclados del ordenador. 
rrhhpress.com

SINIESTRALIDAD: La espera por un accidente laboral acabó en gangrena

Jerez - El pie que se rompió en un accidente laboral comenzó a pudrirse.



El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Jerez ha condenado a la aseguradora a pagar 125.267 euros a un joven trabajador que, tras sufrir un accidente laboral, no fue atendido debidamente por la mutua, entidad dependiente de la referida compañía aseguradora.

El trabajador tenía 29 años el día en que se cayó del andamio. Fue el 1 de febrero de 2008 y la caída desde 4 metros de altura le destrozó el calcáneo, el hueso del talón. Fue atendido en primera instancia en el hospital de Puerto Real y acto seguido fue trasladado por su mutua al Hospital San Juan Grande de Jerez donde presta sus servicios la compañía de seguros. Llegó a Jerez con el pie inmovilizado para que fuera operado. El médico que le atiende decidió esperar tres días para verle el pie antes de ser operado al día siguiente, 5 de febrero. Pese a todo, los médicos deciden no operarle pues el pie está muy inflamado y se decide que éste siga inmovilizado. Finalmente, el día 18 (casi dos semanas y media después del accidente) se decide su traslado a Barcelona donde finalmente el día 21 fue intervenido. Después vendrían otras dos operaciones.

El Juzgado número 5 de la ciudad, en sentencia, considera que hubo "mala praxis" en el hospital San Juan Grande pues el médico debió haber intervenido para evitar que los trozos de hueso roto siguieran haciendo daño y causando desgarros en las zonas blandas. La circulación del pie se vio afectada sin que los médicos se percatasen de ello, lo que provocó que el paciente llegara a Barcelona "con el pie medio podrido en vida", aseguró el abogado de la Oficina del Defensor del Paciente.

El letrado destaca que "los huesos al astillarse le produjeron el seccionamiento y corte de las venas safenas y tibiales. Allí le atendió un traumatólogo que inmediatamente de verlo, programó la cirugía para el lunes 4 de febrero, quedando incluso los consentimientos informados de cirugía y anestesia firmados por el paciente. Inexplicablemente, llegado el día decidió no intervenirlo, posponiendo la intervención sine die".

"El médico tampoco intentó tratar de manipular el pie para reducir los fragmentos o bien, emplear otras técnicas que tampoco se aplicaron. Inexplicablemente, tampoco le realizó al paciente, pese al enorme edema que presentaba en zonas blandas, estudios de profundidad del pie. Pero lo más grave de todo es que no le hizo ningún estudio de la circulación sanguínea del pie, que habría evidenciado que tenía seccionadas las venas safena y las venas tibiales y que no se estaba produciendo la circulación del torrente sanguíneo y que los tejidos en torno y alrededor del calcáneo se estaban necrosando por falta de riego sanguíneo", manifestó el abogado del Defensor del Paciente en base a lo dictado por el Juzgado número 5 de Jerez. Para colmo de males, la inmovilización y enyesado del pie provocaron que no se pudiera ver la evolución del color de la piel ya lo que al principio era un edema evolucionó a peor y acabó con necrosis parcial del pie.

Fue 17 días después del accidente cuando el pie comienza a oler mal y la mutua decide trasladar al paciente por vía de urgencia a sus clínicas de Barcelona. El juez considera que dicha decisión "debió tomarse mucho antes", así como que el paciente debió de haber sido objeto de pruebas (como radiografías en distintos planos) que habrían recomendado su inmediata intervención quirúrgica. El trabajo en la clínica de Barcelona, con más medios que la jerezana, fue arduo y duro, pues en primera instancia hubo que retirar del pie todos los tejidos muertos y necrosados.

El trabajador, que ahora cuenta 33 años, tardó 383 días en curar, fecha que el juez fija el 19 de febrero de 2009, cuando éste consigue la invalidez permanente total. Ni siquiera el retorno de Barcelona acabó con su calvario ya que a su vuelta de la Ciudad Condal tuvo que ser reintervenido de osteotomía por el servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica del Hospital Puerta del Mar para corregir nuevamente el pie en garra que padece como consecuencia del accidente y de la mala praxis médica.

diariodejerez.es

DIVULGATIVOS: Límites de exposición profesional para agentes químicos en España


Límites de exposición profesional para agentes químicos en España
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Salud Laboral

Tipo de Documentación: Publicaciones
Fecha: 02/02/2012

2012

Lugar de edición: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

lunes, 28 de mayo de 2012

BOLETINES




Boletín de Actualidad Preventiva Andaluza


BREVES DE ACTUALIDAD: Muere un hombre sepultado cuando trabajaba en una zanja en Denia

Alicante - La víctima, de 35 años, ha fallecido como consecuencia de un desprendimiento de tierra y piedras sobre la zanja.


 Un hombre de 35 años ha fallecido como consecuencia de un desprendimiento de tierra cuando trabajaba en el interior de una zanja de cuatro metros de profundidad situada en uno de los jardines exteriores del hospital de Dénia.
Según han informado fuentes del Consorcio Provincial de Bomberos, las piedras de la obra han aplastado a la víctima en el interior de la zanja, lo que le ha provocado la muerte.
Hasta el lugar de los hechos se han trasladado dos vehículos de bomberos, que han movido las piedras y retirado el cuerpo.
Por su parte, fuentes del Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) han confirmado el fallecimiento y han señalado que la víctima ha llegado a ser trasladada al citado centro hospitalario.
 diarioinformacion.com

JURISPRUDENCIA: El TS reconoce el derecho a una azafata de vuelo a recibir una prestación durante la lactancia materna

Madrid - dada la imposibilidad material de dar de mamar a su bebé por las condiciones de su puesto de trabajo.


El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a una azafata de vuelo a beneficiarse de la denominada prestación de riesgo durante la lactancia materna, dada la imposibilidad material de dar de mamar a su bebé por las condiciones de su puesto de trabajo, que la empresa no se ofreció a modificar ni a cambiar por otro alternativo.
La resolución de la Sala de lo Social del alto tribunal, de la que ha sido ponente la magistrada MaríaLourdes Arastey, confirma la decisión adoptada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJM) que estimó las pretensiones de la azafata a pesar de que éstas habían sido rechazadas en primera instancia.
En este caso hay que tener en cuenta la situación creada por la negativa de la mutua contratada por laempresa de considerar justificada la existencia de riesgos específicos para la lactancia, sin que por parte de la compañía aérea se hubiera detectado tampoco tal riesgo y, en consecuencia, sin que se hubiera ofrecido la posibilidad de alterar las condiciones o puesto de trabajo.
Se dan, pues, los requisitos establecidos tanto en la Ley General de Seguridad Social (LGSS) como en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para conceder la citada prestación de riesgo a la azafata, consistente en la suspensión del contrato y la percepción de la prestación hasta un máximo de 9 meses.
En contra de los criterios de la aseguradora contratada con la empresa, que es la que recurre en casación, el alto tribunal razona que el sistema de turnos al que se halla sometida la trabajadora y la dificultad de extraer la leche materna, por falta de tiempo y espacio, y en las debidas condiciones de higiene, "determinan no una incomodidad, sino una incompatibilidad entre la lactancia natural y las condiciones de trabajo, influyendo negativamente en la salud del lactante".
A ello se añade que la propuesta de la empresa de acumular las horas de lactancia no es factible dado que, terminado el tiempo, la trabajadora se vería obligada a renunciar en todo caso a la lactancia natural.
Además, el Supremo recrimina a la empresa una "verdadera inactividad" a la hora de evaluar la situación de riesgo y plantear las medidas para evitarlo en el plan de prevención de la empresa.
De haber existido dicha evaluación previa, "la empresa hubiera estado capacitada para ofrecer medidas alternativas a la prestación de servicios en la situación de riesgo constatada; medidas que no pasan por la reducción de jornada por lactancia sino por un cambio en la distribución del tiempo de trabajo y en las condiciones de intimidad e higiene al alcance de las trabajadoras a efectos de efectuar la extracción y conservación de la leche".
es.noticias.yahoo.com

DIVULGATIVOS: Unas gafas indican los obstáculos a personas con discapacidad visual

Madrid - Unas gafas de realidad virtual, ayudan a las personas con discapacidad visual moderada a moverse por su entorno.
agenciasinc.es

El ingenio desarrollado por científicos de la UC3M podría resultar de utilidad a personas con discapacidad visual moderada, fundamentalmente a quienes tienen problemas para percibir toda la amplitud del entorno. Se trata de un sistema integrable en unas gafas de realidad virtual que detecta la distancia y forma de los objetos. Un sencillo código de colores es la forma de interactuar con el usuario.
“Este dispositivo se orienta a quienes en un deambular normal se chocarían con todo lo que dejan de ver por las pérdidas de su campo visual, producto de glaucomas, patologías retinianas, etc.”, indica el responsable del proyecto, Ricardo Vergaz, profesor del departamento de Tecnología Electrónica de la UC3M.
El prototipo se ha desarrollado sobre el soporte de un dispositivo HMD (Head Mounted Display), un casco de realidad virtual que integra dos cámaras y que está acoplado a un pequeño ordenador que procesa todas las imágenes que le llegan. A continuación, gracias al algoritmo que han desarrollado estos investigadores, el sistema determina la distancia y los contornos de los objetos y se lo comunica al usuario en tiempo real mediante dos micropantallas, resaltando la silueta de los elementos de la escena y variando el color en función de la distancia.
“Detecta los objetos y las personas que se mueven dentro del campo visual que tendría una persona sin patologías. A menudo el paciente no los ve también por problemas de contraste”, explica el profesor Vergaz. “La información sobre profundidad es la que más echaban de menos los pacientes que usan este tipo de ayudas técnicas”, comenta.
En estos momentos el invento se está probando sobre el soporte de unas gafas 'inteligentes' en colaboración con el Instituto de Oftalmología Aplicada (IOBA) de la Universidad de Valladolid, donde realizan los ensayos clínicos de cara a su validación y aplicabilidad. “El IOBA nos contará sus resultados a finales de este año tras probarlo con una muestra de población representativa de los pacientes que podrían utilizar el dispositivo, lo que nos permitirá valorar el éxito y validez de su funcionamiento y mejorarlo”, comenta Ricardo Vergaz.
El objetivo final es mejorar la ergonomía del dispositivo, de modo que el usuario no tenga inconveniente en llevar estas gafas junto con un mecanismo electrónico ligero que se podría llevar en un bolsillo.
Este proyecto potencia la línea de investigación relacionada con el diseño, desarrollo e innovación de nuevas técnicas destinadas a personas con discapacidades, iniciada en la UC3M por el Grupo de Displays y Aplicaciones Fotónicas. La aplicación ha sido elaborada en el marco del Proyecto de Ayudas Técnicas Integradas para Discapacidades visuales, Transportables y Accesibles(ATIDivisTA), en la convocatoria de ayudas para la consolidación de grupos de investigación con jóvenes investigadores de la Comunidad de Madrid. En el proyecto participa el profesor doctor Juan Carlos Torres, y el ingeniero industrial Carlos Barranco, contratado para plasmar las evoluciones del prototipo tras el término del proyecto.
Este grupo de investigadores también está desarrollando otro ingenio que consiste en una lupa virtual. “La principal novedad – destaca Vergaz - radica en el tipo de algoritmo desarrollado, que permite al usuario perderse menos mientras lee el texto”. El resultado es similar al modo en que funcionaría una lupa real, pero controlando la presentación en pantalla (móvil, tableta, etc.), con la modificación de la forma y dirección del aumento, para facilitar la lectura y evitar perder la línea y la referencia textual.
Este sistema podría resultar de gran utilidad a personas con pérdida de visión en el campo central, como las que sufren degeneración macular asociada a la edad. Todas estas patologías no producen ceguera total y hay cientos de miles de personas afectadas o que potencialmente pueden serlo, en mayor o menor medida, sólo en España.

DIVULGATIVOS: iSafetyWork, primera aplicación móvil para la investigación de accidentes e incidentes laborales

La aplicación nace por la necesidad de ayudar a mejorar la gestión de la integración de la prevención de la empresa, dotándole de unas herramientas capaces de ayudar a realizar informes de investigación de una manera más rápida y ágil.


El X Congreso Internacional de Prevención de Riesgos Laborales ha sido el escenario elegido para la presentación de la primera aplicación móvil para la investigación de accidentes e incidentes laborales, Isafetywork “Accidents”, a través de la ponencia “Las TICs aplicadas a la investigación de Accidentes Laborales” impartida por el técnico en Prevención de Riesgos, Javier Pérez Pérez.
Isafetywork “Accidents”, es el nombre de la primera aplicación para dispositivos móviles (teléfonos y tablets) para el registro y creación de informes de investigación de accidentes e incidentes laborales. Su creador es el técnico en Prevención de Riesgos, Javier Pérez Pérez, quien junto con la empresa Lorem Solutions han desarrollado esta innovadora solución tecnológica para los profesionales de la Prevención de Riesgos en las empresas.
La aplicación nace por la necesidad de ayudar a mejorar la gestión de la integración de la prevención de la empresa, dotándole de unas herramientas capaces de ayudar a realizar informes de investigación de una manera más rápida y ágil. La aplicación servirá para reflejar aquellos incidentes que son previos a los accidentes laborales, realizando “in situ” informes de aquellas situaciones peligrosas o condiciones inseguras que se dan en el trabajo, así como aquellos incidentes que ya se han producido y que hayan ocasionado algún daño material a la empresa. 
Asimismo, el sistema permite el registro de aquellos accidentes provocados en los desplazamientos al trabajo, así como los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. La aplicación no solo recogerá aquella información necesaria para la redacción del parte obligatorio, sino que una vez introducidos los datos generará un informe para ser enviado vía e-mail de manera inmediata al responsable del trabajador o al centro base de la empresa. 
Dentro de las novedades más destacadas de Isafetywork, que la convierten en una autentica innovación, se encuentra la posibilidad de insertar fotografías para el informe usando la misma cámara del móvil y, en posteriores actualizaciones, está previsto incorporar grabaciones del vídeo del propio terminal para grabar ciertos procesos de trabajo que con una foto quedan incompletos, y audios para recoger la información aportada por los testigos de un accidente.
La aplicación incluye distintos apartados como un contador con el número de días en los que el usuario no ha dado de alta accidentes, estadísticas para controlar el índice de incidencia de la empresa o un historial de todos aquellos informes que hayan sido  realizados a través de la aplicación. En posteriores actualizaciones se podrán sacar otros índices e incluso un informe especifico de siniestralidad laboral. Además, a través de de iSafetyWork se puede acceder a noticias relevantes de prevención.
En España la Ley 31/1995 sobre la Prevención de Riesgos obliga al empresario a investigar los accidentes laborales. También el sistema de gestión OHSAS 18001 que es una especificación internacionalmente aceptada que define los requisitos para el establecimiento, implantación y operación de un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Laboral efectivo, habla de investigar los incidentes laborales.
Esta aplicación móvil cubre estas obligaciones legales y normativas y está basada en el sistema EEAT, el sistema aprobado por la Unión Europea para la realización de las estadísticas de accidentes de trabajo entre sus países miembros. iSafetyWork está diseñado siguiendo los códigos predeterminados del sistema EEAT, sus variables para redactar los informes de investigación de accidentes laborales, que están recogidos también en la Orden TAS 2926/2002 de 10 de noviembre. Por último, la aplicación iSafetyWork cumple con los requisitos marcados por la Organización Internacional de los Trabajadores (OIT) en cuanto a la recogida de datos para la investigación de accidentes a nivel internacional.
www.isafetywork.com