El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha
sentenciado que el ayuntamiento de Jumilla es responsable del accidente de una
empleada en la recogida de basuras, aunque ha rebajado del 50 % al 30 % el
recargo en las prestaciones al que fue condenado porque los limpiadores fueron
imprudentes.
La sentencia de la sala de lo social señala que la empleada sufrió
el percance hace ahora poco más de cuatro años, cuando participaba como peón de
limpieza para el consistorio jumillano.
El juzgado de lo social número 8 de Murcia, que entendió del
asunto en primera instancia, estimó la demanda de la trabajadora contra la
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social
(INSS), que se opuso a la imposición de ningún recargo al entender que el accidente
se produjo por la imprudencia de los obreros que se desplazaban en la máquina
barredora que lo ocasionó.
Al estimar la demanda, el juzgado acordó imponer al consistorio un
recargo del 50 por ciento en todas las prestaciones económicas de Seguridad
Social derivadas del accidente laboral, que ahora se ve rebajado al 30 por
ciento por decisión del TSJRM.
Al estimar en parte el recurso del ayuntamiento, la sala de lo
Social de este tribunal de superior instancia indica que el accidente en el que
la demandante fue arrollada por una de las máquinas que participaban en los
trabajos de limpieza fue debido en parte a la imprudencia de varios de los
trabajadores.
"No cabe estimar con relevancia causal en la producción del
accidente la falta de formación de la accidentada en materia de prevención de
riesgos", afirma la sala.
Y
concluye que como en el origen del accidente figuran también conductas
negligentes, procede estimar parcialmente el recurso y acceder a rebajar el
importe del recargo al porcentaje citado.
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