jueves, 19 de septiembre de 2013

SANIDAD LLEVA EL COPAGO A LA MEDICACIÓN HOSPITALARIA AMBULATORIA DE CANCEROSOS

El Ministerio de Sanidad ha vuelto a dar una vuelta de tuerca a los bolsillos de los usuarios de los hospitales españoles en su afán por controlar el gasto sanitario. El departamento que pilota Ana Mato cobrará a los pacientes que precisen medicación hospitalaria ambulatoria un máximo de 4,2 euros por envase farmacológico que precisen para el tratamiento de sus enfermedades. Entre éstas, se encontrarían distintos tipos de procesos oncológicos, víricos o de diagnósticos que habrán de requerir tratamientos crónicos.

Según publica hoy jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha decidido mediante una resolución del 10 de septiembre de 2013 dar luz verde a la modificación “de las condiciones de financiación de medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud mediante la asignación de aportación del usuario”. O, a las claras, a copagar una parte del coste del fármaco hospitalario desde el próximo 1 de octubre, fecha de entrada en vigor de la medida.
De este cobro se excluyen los tratamientos que son dispensados cuando los pacientes se encuentran ingresados en los centros hospitalarios. Con posterioridad, cuando se encuentran ya dados de alta y precisan medicación de continuidad, deberán copagar hasta un 10% del coste del envase farmacológico dispensado en hospitales, con un tope de 4,2 euros.
La apreciación que hace el departamento de Ana Mato es que aquellos medicamentos que pudieran haber sido objeto de dispensación en oficinas de farmacia habituales, habrán de ser sometidos al copago aunque estos se dispensen a través de la Farmacia Hospitalaria. La resolución ministerial incide en que la aportación a realizar será “reducida”. “Las características de gravedad y cronicidad de las patologías en que están indicados los medicamentos de esta resolución aconsejan que la aportación por parte del beneficiario sea reducida pues de otro modo se producirían situaciones de inequidad por comparación a los medicamentos de aportación reducida que se dispensan habitualmente en las oficinas de farmacia”, reza el texto publicado hoy en el BOE.
Los medicamentos que se incluyen en la medida, y a los que se aplicará el copago, son “medicamentos de elección en el tratamiento de enfermedades graves o crónicas, y estando limitada su dispensación, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, a los pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales”.
La aplicación de la medida, efectiva desde el próximo 1 de octubre, generará, según fuentes consultadas por El Confidencial, problemas de gestión hospitalaria, ya que las farmacias que se encuentran dentro de estos centros sanitarios no disponen de los procedimientos necesarios para hacer posible el cobro. Comunidades autónomas cuestionaron o se opusieron en su día a la implantación de esta medida.

http://www.elconfidencial.com/espana/2013-09-19/sanidad-lleva-el-copago-a-la-medicacion-hospitalaria-ambulatoria-de-cancerosos_30214/



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