Entre las medidas se contempla la elaboración de
un manual de buenas prácticas para investigar estos casos dentro de la
institución
El acoso sexual y laboral es la realidad
lacerante de miles de mujeres que poco se visibiliza y que no se investiga.
"Se sienten con mucho poder de tratarte con la punta del pie, eso es muy desgastante porque no reconocen el trabajo. Emocionalmente no me sentía completa como para defenderme porque emocionalmente me destrozó", indicó Elizabeth Hernández, víctima de acoso laboral.
La Suprema Corte de Justicia dela Nación
(SCJN) alzó la voz y publicó dos acuerdos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para
establecer los procedimientos para investigar y sancionar el acoso laboral y
sexual en esta institución.
"Yo creo que contribuye; vamos dando pasos, hoy ya tenemos leyes que protegen más al sexo femenino. Pero también tenemos, como bien lo dices que afinar todavía algunas cosas que pueden quedar sueltas. Está en nosotros el promover esas iniciativas y afinar esos detalles", indicó Sue Ellen Bernal Bolnik, diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El documento establece un marco normativo y un manual de buenas prácticas para investigar y sancionar el acoso laboral y sexual en un plazo no mayor a 60 días hábiles.
"A mí me da mucho gusto conocer estos dos acuerdos generales que emitela SCJN en materia de promover
la igualdad de oportunidades al interior del Poder Judicial de la Federación , pero
también en torno a lo que tiene que ver con la investigación y sanción de estas
figuras que son realmente violatorias de los derechos humanos de las
mujeres", aseguró Rocío García Olmedo, diputada del PRI.
"Pero lo que sí es pertinente y oportuno es considerar que la iniciativa preferente parala Reforma Laboral
presentada por el presidente Calderón sí trae todo un capítulo relacionado con
el hostigamiento, con el acoso sexual en los centros de trabajo, sin hacer
discriminación por género y se castigue y sancione severamente", señaló
Javier Lozano, senador del Partido Acción Nacional (PAN)
El acoso laboral se define como aquellos actos y comportamientos en el entorno de trabajo que atenten contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas.
Mientras que por acoso sexual, se entienden aquellos contactos físicos indeseados, insinuaciones u observaciones marcadamente sexuales, exhibición no deseada de pornografía, o exigencias sexuales verbales o de hecho.
"Se sienten con mucho poder de tratarte con la punta del pie, eso es muy desgastante porque no reconocen el trabajo. Emocionalmente no me sentía completa como para defenderme porque emocionalmente me destrozó", indicó Elizabeth Hernández, víctima de acoso laboral.
La Suprema Corte de Justicia de
"Yo creo que contribuye; vamos dando pasos, hoy ya tenemos leyes que protegen más al sexo femenino. Pero también tenemos, como bien lo dices que afinar todavía algunas cosas que pueden quedar sueltas. Está en nosotros el promover esas iniciativas y afinar esos detalles", indicó Sue Ellen Bernal Bolnik, diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El documento establece un marco normativo y un manual de buenas prácticas para investigar y sancionar el acoso laboral y sexual en un plazo no mayor a 60 días hábiles.
"A mí me da mucho gusto conocer estos dos acuerdos generales que emite
"Pero lo que sí es pertinente y oportuno es considerar que la iniciativa preferente para
El acoso laboral se define como aquellos actos y comportamientos en el entorno de trabajo que atenten contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas.
Mientras que por acoso sexual, se entienden aquellos contactos físicos indeseados, insinuaciones u observaciones marcadamente sexuales, exhibición no deseada de pornografía, o exigencias sexuales verbales o de hecho.