La fiscal
delegada de Siniestralidad Laboral del Principado de Asturias, Esperanza
González Avella, solicita la condena de dos acusados por un accidente laboral
ocurrido en Ribadedeva en agosto de 2006, en el que falleció un trabajador. La
vista oral está señalada este jueves, día 20, en el Juzgado de lo Penal número
cuatro de Oviedo, a las 10.00 horas.
Según la
Fisaclía , sobre las 08.45 horas del 3 de agosto de 2006, L . F. S. B., de 25
años, se encontraba trabajando en un edificio en construcción en Colombres,
Ribadedeva. En concreto, estaba realizando labores de soldadura eléctrica
trifásica, alimentación de 380 voltios, sobre un pilar que sostenía la
estructura metálica de la segunda planta, muy próximo a la esquina que formaba
el primer piso del edificio. Al intentar colocar la varilla en la pinza, sufrió
una descarga eléctrica por contacto, que le causó la muerte.
Para realizar el trabajo, se utilizaba un carro de
soldadura. La parte delantera tenía dos conexiones, la de la izquierda, que era
el cable de masa, llegaba a una pletina cuadrada que servía de apoyo a un
puntal metálico, a una distancia de unos ocho metros del carro de soldadura.
Para lograr la masa se había dispuesto una pequeña
pletina metálica, de forma rectangular, cuyo extremo estaba completamente
oxidado y que no abarcaba todos los hilos del cable, quedando hilos al
descubierto. Estaba floja y se salía de su unión con la pletina cuadrada.
La conexión situada a la derecha de la parte
delantera del carro de soldadura llevaba el cable hasta la pinza, situada a
unos 15 metros
del carro. Por lo tanto, desde el punto donde situaba la masa (ya débil) a la
propia pinza para soldar había una distancia de 23 metros . La masa debe
estar conectada directamente a la pieza a soldar o lo más cerca posible, ya que
la mayor distancia propicia la mayor intensidad y voltaje de la corriente
eléctrica que a la pieza que se va a soldar. Desde el carro, una manguera de
unos 25 metros
de largo se conectaba ala toma de la corriente del cuadro secundario de la
obra.
Informa también de que el circuito eléctrico se cerró
a través del cuerpo del trabajador, con un punto de entrada muy cercano al
corazón y asegura que situación afectaba no sólo al fallecido, sino también al
resto de los usuarios del equipo.
Los acusados son: J. M. P. B., representante legal de
la empresa subcontratada para realizar los trabajos de soldadura en la
estructura, quien "era conocedor de las características inadecuadas del
equipo y del método erróneo y peligroso de trabajo". E. E. M., coordinador
de seguridad y salud y director de la ejecución material de la obra y máximo
responsable en la materia, con facultad y poder de decisión.
HOMICIDIO
IMPRUDENTE
Solicita que se condene a cada uno de los acusados a
un total de tres años de prisión, el pago de una multa de 7.200 euros, el abono
de las costas procesales e inhabilitación para el ejercicio de la profesión,
oficio o cargo durante tres años.
Pide además el pago conjunto y solidario de
indemnizaciones a la familia del fallecido por valor de 225.432,94 euros y al
Sespa por la cantidad que quede acreditada como gastos asistenciales. De estas
cantidades responderán directamente las compañías aseguradoras y,
subsidiariamente, la empresa promotora de la obra, la subcontratada para los
trabajos de estructura, la subcontratada para las labores de soldadura y la
empresa a la que pertenece el acusado director de la ejecución material de los
trabajos