30/09/2013
- BOE
El Boletín Oficial del Estado del
sábado día 28 de septiembre ha publicado la Ley
14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización .
Su artículo primero indica que el objetivo de su promulgación es apoyar al emprendedor y la
actividad empresarial, favorecer su desarrollo, crecimiento e
internacionalización y fomentar la cultura emprendedora y un entorno favorable
a la actividad económica, tanto en los momentos iniciales a comenzar la
actividad, como en su posterior desarrollo, crecimiento e internacionalización.
Esta Ley es de aplicación a todas las
actividades económicas y de fomento de la internacionalización realizadas por
los emprendedores en el territorio español.
Se consideran emprendedores aquellas
personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que
desarrollen una actividad económica empresarial o profesional, en los términos
establecidos en esta Ley.
En relación con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, el artículo 40 de la Ley indica la modificación del
apartado 3 del artículo 14 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre,
Ordenadora de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, que tiene una nueva redacción:
"La Autoridad Central
de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas, de oficio y
sin necesidad de solicitud de alta, un Libro de Visitas electrónico por cada uno de sus centros de
trabajo, en el que los funcionarios actuantes, con ocasión de cada visita a los
centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en
dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación.
Mediante Orden del Ministerio de Empleo
y Seguridad Social se determinarán los hechos y actos que deban incorporarse
al Libro de Visitas electrónico, así como los obligados, la forma de remisión a
los mismos y los sistemas de verificación electrónica de su integridad.
Asimismo, se establecerán los supuestos excepcionados de llevar
Libro de Visitas electrónico, el medio sustitutivo al mismo y el régimen
transitorio de aplicación de esta medida."
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