mobbing como delito (5).
La falta de tipificación ha sido
hasta ahora uno de los argumentos machaconamente y hasta podría parecer
intencionadamente, esgrimidos desde todo los ámbitos para evitar o
embarcarse en la lucha contra el mobbing.
Su falta de
tipificación y su dificultad probatoria son las excusas para evitar cualquier
acción dirigida en su contra.
Pero el mobbing vulnera los derechos fundamentales de
las personas regulados y recogidos en la Constitución Española del 78 y que se
interpretarán de conformidad con la declaración Universal de los
derechos humanos y además inflinge un trato que menoscaba gravemente la integridad moral de la persona que lo padece lo que
está tipificado como delito en el Código Penal Español
El eterno
dilema es sí las penas son efectivas para erradicar el delito y qué
sucede con ellas en el caso particular del mobbing.
Quizás la mejor idea es la de la prevención primero y la de
sancionar después. Es decir, una política que combine prevención y
castigo y sobre todo voluntad.
Las leyes
penales solo atacan la manifestación de los actos violentos, de los crímenes.
Atacan las consecuencias pero no a sus raíces que son las que mantienen los
delitos. De nada sirve arrancar hoy las ramas porque mañana volverán a
brotar otras nuevas.
Sancionar,
castigar, llevar hasta los tribunales a los acosadores y sus cómplices ¿es
suficiente para erradicar este crimen?
No. El
derecho penal no ha podido con la erradicación de otros delitos incluso más
tangibles que el mobbing que se produce en un entramado tejido
a base de sutilezas.
Además son
pocas las víctimas que llegan a la fase Juzgados puesto que antes de esa
fase ya decidieron a la desesperada que había que irse aún sin cobrar un duro
por que su aniquilación sicológica no les permitía más y lo de llevar delante
del juez al empresario era y es casi anecdótico.
Es decir, el
daño ya está hecho y todo lo que eso conlleva.
Según
L. Cohen y M. Felson para cometer el delito es requisito que se den
tres factores simultáneamente:
a)
El delito.
b)
La Víctima
c)
La ausencia de Guardianes
Si falla
alguno de ellos el delito será imposible…
En el caso
del mobbing se dan los tres requisitos:
El acosador,
con tendencias criminales, la víctima y la Ausencia de Guardianes (Administración
Pública, sociedad en los controles informales, justicia y otros
instrumentos sociales….)
Hablando de
la violencia laboral vamos a pararnos en el último ingrediente: La
ausencia de Guardianes.
Primero, la
Administración Pública que a sabiendas de que este crimen existe, hasta
ahora lo consintió obviando una política preventiva.
Pero lo que
es realmente preocupante por su gravedad es que es la administración pública en
donde con mayor frecuencia se comete el mobbing.
La
Administración Pública debe ser el ejemplo de una organización en donde no se
dé cobertura al delito, ejemplo en el que se debe reflejar el resto de la
sociedad.
Segundo,
los controles informales del delito son aquellas normas sociales que establecen
qué conductas son tolerables y cuales moralmente inadmisibles y por lo tanto
socialmente sancionables.
Estos
controles informales son mucho más eficaces que la Ley Penal, a la hora
de frenar actos delictivos y sobre todo en el caso del mobbing.
Por lo tanto,
se hace necesaria una mirada al interior de una comunidad en la que se amparan
y se da pábulo a conductas criminógenas.
El caldo de
cultivo del mobbing es una sociedad en la que el éxito es el valor
supremo y en la que se nos vende que todo es posible alcanzarlo con el
menor esfuerzo (véanse el exagerado crecimiento de personajillos que sin
hacer nada que lo merezca que han sido entronizados socialmente por su
aparición en la televisión).
Alcanzaremos
nuestras metas utilizando, si es necesario, la violencia en contra de los
demás.
Se aupan a
empresarios y a empresas con prácticas poco honrosas o cuando menos dudosas siempre que
sean sinónimo de riqueza.
Existe un exceso
de individualismo en
contra del compañerismo entre los trabajadores. Trabajar bien está
mal visto. El esfuerzo personal para alcanzar nuestros objetivos,
está poco o nada recompensado. Todo vale con tal de…
Ser honrado
puede ser, incluso, contraproducente a la hora de conseguir un puesto en
el podium.
Vivimos la tiranía
de la estética: ricos guapos y famosos. Y así las cosas se
han creado dos polos: los vencedores y los vencidos y el mobbing te
aboca irremediablemente a los segundos.
En una
sociedad en la que se postulan valores humanos un acosador no tendría cabida.
La
adjudicatura, los agentes sociales y otros instrumentos forman parte de esta
sociedad y por supuesto no son ajenos a ella y lo que es mucho peor sobre ella
se construyen los tribunales que juzgarán a la víctima (los vencidos) y al
acosador (los vencedores).
Identificarse
con los vencidos en estas circunstancias no es cuando menos aconsejable.
Conclusión,
en este contexto no existen ni controles formales (administración, justicia) ni
informales (normas
sociales basadas en valores humanos) para evitar el delito, es decir,
existe una ausencia total de los guardianes lo que seguirá proporcionando
victimas y verdugos.
En las
circunstancias sociales actuales, ¿existe garantía de que una víctima sea
resarcida por el derecho Penal?
Todo lo
contrario. La víctima se presentará en el juzgado aniquilada ya
sicológicamente y tendrá que escuchar a la parte demandada que con
todas sus armas, intentará demostrar que el acosado no es más que un
impostor, tendrá que escuchar a sus propios compañeros (con los que
anteriormente tuviera una relación amigable) que en el estrado apoyarán
con más mentiras al acosador bajo la mirada de un juez escéptico a su
demanda.
Es posible
que obtenga, en el mejor de los casos, una sentencia a su favor pero el daño
psicológico con sus consecuencias físicas ya se ha producido.
Se necesitará
tiempo para su total recuperación, si es que ésta llega.
¿Y si
la sentencia es en su contra, que es lo más habitual? Más incomprensión a sus espaldas.
Más desconcierto. Si no es capaz de probar que ha sido objeto de un plan
tendencioso del que es responsable un hostigador y sus circunstancias, sobre él
volarán la duda y su credibilidad estará ahí en el aire.
Sea como sea
con su sentencia en la mano se enfrenta a una sociedad que esconde a sus
víctimas debajo de la alfombra
¿Cómo
Combatir?
Con
la prevención.
Porque la Prevención es la herramienta para llegar hasta las raíces y
removerlas.
Pero para
planificar la prevención primero hay evaluar los riesgos que dan paso al
mobbing. En esto ya hay camino hecho.
Sabemos
cuales son las raíces del fenómeno mobbing y la prevención del delito consiste en
atacar las causas no sus consecuencias, pero para esto hace falta voluntad.
Voluntad
principalmente de los Poderes Públicos y empezando por ellos mismos.
Conocemos el
escenario del crimen, sabemos que no sólo es culpable el acosador,
existen otras circunstancias, otros factores que lo fomentan tanto a él como al
delito en si.
De todo esto
hay materia suficiente porque desde Leymann, diferentes expertos desde la
psicología social y desde el derecho han venido investigando la violencia
laboral, sus causas y consecuencias
El
acosador es un delincuente racional que escoge a su víctima, valora
el riesgo y sus beneficios.
Unos
beneficios altos (un ascenso, mantener su estatus de poder…) y unos costes
bajos o nulos porque sabe que actúa amparado por la permisividad explicita o
implícita del entorno. Tanto dentro como fuera del centro de trabajo.
Todo lo
contrario que su víctima, presa fácil y aislada a la que todo el entorno la
golpeará una y otra vez.
Le cogerá
desprevenida porque sus sistema de valores no sólo le impide cometer el delito
sino que le resulta inimaginable que cualquier otro pueda tejer semejante plan
tendencioso dirigido exclusivamente a aniquilarlo sicológicamente.
Los programas
de prevención de un fenómeno tan complejo como la violencia laboral
requiere de una estrategia coordinada y multidisciplinar que abarque todos los
ámbitos implicados: el ámbito educativo, el ámbito social, el ámbito del
derecho, de la judicatura, el ámbito de la salud…
Hay
que educar, hay
que crear conciencia social para darle la oportunidad a que la sociedad haga
una revisión de sus precios, de qué conductas deben ser tolerables
y cuales no, para vivir en una sociedad en la que sea posible la paz, porque
sólo así estaremos sanos todos.
Más vale
prevenir que curar y el recurso del derecho penal, necesario,
debe actuar en última instancia cuando a pesar de todo se ha cometido el
delito.
EVA VENTÍN LORENZO
Despacho laboralista.
EVA VENTÍN LORENZO
Despacho laboralista.