martes, 10 de julio de 2012

COLECCIONABLES: EL MOBBING COMO DELITO. PREVENIR O LAMENTAR.



mobbing como delito (5).

La falta de tipificación ha sido hasta ahora uno de los  argumentos machaconamente y hasta podría parecer intencionadamente, esgrimidos desde todo los ámbitos para  evitar o embarcarse en la lucha contra el mobbing.
Su falta de tipificación y su dificultad probatoria son las excusas para evitar cualquier acción dirigida en su contra.
Pero el mobbing vulnera los derechos fundamentales de las personas regulados y recogidos en la Constitución Española del 78 y que se  interpretarán de conformidad  con la declaración Universal de los derechos humanos y además inflinge un trato  que menoscaba gravemente la integridad moral de la persona que lo padece lo que está tipificado como delito en el Código Penal Español
El eterno dilema es sí las penas son efectivas  para erradicar el delito y  qué sucede con ellas en el caso particular del mobbing.
Quizás la mejor idea es la de la prevención primero y la de sancionar después.  Es decir,  una política que combine prevención y castigo y sobre todo voluntad.
Las leyes penales solo atacan la manifestación de los actos violentos, de los crímenes. Atacan las consecuencias pero no a sus raíces que son las que mantienen los delitos.  De nada sirve arrancar hoy las ramas porque mañana volverán a brotar otras nuevas.
Sancionar, castigar, llevar hasta los tribunales a los acosadores y sus cómplices ¿es suficiente para erradicar este crimen?
No.  El derecho penal no ha podido con la erradicación de otros delitos incluso más tangibles que el mobbing que se produce en un entramado tejido a base de sutilezas.
Además son pocas las víctimas que llegan a la fase Juzgados  puesto que antes de esa fase ya decidieron a la desesperada que había que irse aún sin cobrar un duro por que su aniquilación sicológica no les permitía más y lo de llevar delante del juez al empresario era y es casi anecdótico.
Es decir, el daño ya está hecho y todo lo que eso conlleva.
Según  L. Cohen y M. Felson  para cometer el delito es requisito que se den tres factores simultáneamente:
a)    El delito.
b)    La Víctima
c)     La ausencia de Guardianes
Si falla alguno de ellos el delito será imposible…
En el caso del mobbing se dan los tres requisitos:
El acosador, con tendencias criminales,   la víctima y la Ausencia de Guardianes (Administración Pública, sociedad en los controles informales,  justicia y otros instrumentos sociales….)
Hablando de la violencia laboral vamos a pararnos en el último ingrediente: La ausencia de Guardianes.
Primero, la Administración Pública que a sabiendas de que este crimen existe,  hasta ahora lo consintió obviando una política preventiva.
Pero lo que es realmente preocupante por su gravedad es que es la administración pública en donde con mayor frecuencia se comete el mobbing.
La Administración Pública debe ser el ejemplo de una organización en donde no se dé cobertura al delito, ejemplo en el que se debe reflejar el resto de la sociedad.
Segundo,  los controles informales del delito son aquellas normas sociales que establecen qué conductas son tolerables y cuales moralmente inadmisibles y por lo tanto socialmente sancionables.
Estos controles informales  son mucho más eficaces que la Ley Penal, a la hora de frenar actos delictivos y sobre todo en el caso del mobbing.
Por lo tanto, se hace necesaria una mirada al interior de una comunidad en la que se amparan y  se da pábulo a conductas criminógenas.
El caldo de cultivo del mobbing es  una sociedad  en la que el éxito es el valor supremo y en la que se nos vende  que todo es posible alcanzarlo con el menor esfuerzo (véanse el exagerado crecimiento de personajillos que sin  hacer nada  que lo merezca que han sido entronizados socialmente por su aparición en la televisión).
Alcanzaremos nuestras metas utilizando, si es necesario, la violencia  en contra de los demás.
Se aupan a empresarios y a empresas con prácticas poco honrosas o cuando menos dudosas siempre que sean sinónimo de riqueza.
Existe un exceso de individualismo en contra  del compañerismo entre los trabajadores. Trabajar  bien está mal visto.  El esfuerzo personal para alcanzar nuestros objetivos, está  poco o nada recompensado. Todo vale con tal de…
Ser honrado puede ser,  incluso, contraproducente a la hora de conseguir un puesto en el podium.
Vivimos la tiranía de la estética: ricos guapos y famosos. Y así las cosas se han  creado dos  polos: los vencedores y los vencidos y el mobbing te aboca irremediablemente a los segundos.
En una sociedad en la que se postulan valores humanos un acosador no tendría cabida.
La adjudicatura, los agentes sociales y otros instrumentos forman parte de esta sociedad y por supuesto no son ajenos a ella y lo que es mucho peor sobre ella se construyen los tribunales que juzgarán a la víctima (los vencidos) y al acosador (los vencedores).
Identificarse con los vencidos en estas circunstancias no es cuando menos aconsejable.
Conclusión, en este contexto no existen ni controles formales (administración, justicia) ni informales (normas sociales basadas en valores humanos)  para evitar el delito, es decir, existe una ausencia total de los guardianes lo que  seguirá proporcionando  victimas y verdugos.
En  las circunstancias sociales actuales, ¿existe garantía  de que una víctima sea  resarcida por el derecho Penal?
Todo lo contrario.  La víctima  se presentará en el juzgado aniquilada ya sicológicamente y  tendrá que escuchar  a la parte demandada que con todas sus armas,  intentará demostrar que el acosado no es más que un impostor, tendrá que escuchar a sus propios compañeros (con los que anteriormente tuviera una relación amigable) que en el  estrado apoyarán con más mentiras al acosador  bajo la mirada de un juez escéptico a su demanda.
Es posible que obtenga, en el mejor de los casos, una sentencia a su favor pero el daño psicológico con sus consecuencias físicas ya se ha producido.
Se necesitará tiempo para su total recuperación, si es que ésta llega.
¿Y si la sentencia es en su contra, que es lo más habitual? Más incomprensión a sus espaldas.  Más desconcierto. Si no es capaz de probar que ha sido objeto de un plan tendencioso del que es responsable un hostigador y sus circunstancias, sobre él volarán  la duda y su credibilidad estará ahí en el aire.
Sea como sea con su sentencia  en la mano se enfrenta a una sociedad que esconde a sus víctimas debajo de la alfombra
¿Cómo Combatir?
Con la prevención.  Porque la Prevención es la herramienta para llegar hasta las raíces y removerlas.
Pero para planificar la prevención  primero hay evaluar los riesgos que dan paso al mobbing.  En esto ya hay camino hecho.
Sabemos cuales son las raíces del fenómeno mobbing y la prevención del delito consiste en atacar las causas no sus consecuencias, pero para esto hace falta voluntad.
Voluntad principalmente de los Poderes Públicos y empezando por ellos mismos.
Conocemos el escenario del crimen, sabemos que no sólo es culpable el acosador,  existen otras circunstancias, otros factores que lo fomentan tanto a él como al delito en si.
De todo esto hay materia suficiente porque desde Leymann, diferentes expertos desde la psicología social y desde el derecho han venido investigando la violencia laboral, sus causas y consecuencias
El acosador es un delincuente racional que escoge a su víctima, valora  el riesgo y sus beneficios.
Unos beneficios altos (un ascenso, mantener su estatus de poder…) y unos costes bajos o nulos porque sabe que actúa amparado por la permisividad explicita o implícita del entorno. Tanto dentro como fuera del centro de trabajo.
Todo lo contrario que su víctima,  presa fácil y aislada a la que todo el entorno  la golpeará una y otra vez.
Le cogerá desprevenida porque sus sistema de valores no sólo le impide cometer el delito sino que le resulta inimaginable que cualquier otro pueda tejer semejante plan tendencioso dirigido exclusivamente a aniquilarlo sicológicamente.
Los programas de  prevención de un fenómeno tan complejo como la violencia laboral requiere de una estrategia coordinada y multidisciplinar que abarque todos los ámbitos implicados: el ámbito educativo, el ámbito social, el ámbito del derecho, de la judicatura, el ámbito de la salud…
Hay que educar, hay que crear conciencia social para darle la oportunidad a que la sociedad haga una revisión de sus precios,  de qué  conductas deben ser tolerables y cuales no, para vivir en una sociedad en la que sea posible la paz, porque sólo así estaremos sanos todos.
Más vale  prevenir que curar y  el recurso del derecho penal, necesario,  debe actuar en última instancia cuando a pesar de todo se ha cometido el delito.
EVA VENTÍN LORENZO
Despacho laboralista.