El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha
instado a la Generalitat a indemnizar con 10.000 euros a una ATS que se
contagió de VIH al sufrir un pinchazo con una jeringuilla mientras realizaba
una extracción a un paciente seropositivo ya que, además de producirse en el
ámbito de trabajo, la profesional "no fue instruida convenientemente en el
manejo del instrumental".
El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Generalitat a
indemnizar con 10.000 euros a una ATS que se contagió de VIH al sufrir un
pinchazo con una jeringuilla mientras realizaba una extracción a un paciente
seropositivo ya que, además de producirse en el ámbito de trabajo, la
profesional "no fue instruida convenientemente en el manejo del instrumental".
Según el
dictamen, consultado por Europa Press, los hechos se remontan al 23 de enero de
2006, cuando la mujer sufrió el pinchazo de una aguja de una jeringa de un
paciente seropositivo en el pulgar derecho mientras realizaba extracciones de
sangre. En concreto, se produjo al retirar el tubo de plástico o 'vacutainer',
cuando tiró de la goma con la mano izquierda y la aguja se giró hasta clavarse
en su mano derecha, con la que sujetaba la envoltura de protección.
La afectada
solicitaba el resarcimiento por los daños y perjuicios provocados por un
accidente de naturaleza laboral y criticaba, además, no haber recibido
previamente ningún tipo de formación en el manejo de material de bioseguridad,
ya que desde que ha sido instruida por una compañera, de forma voluntaria,
siempre activa el mecanismo de seguridad en estas extracciones.
Según el
informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales respecto a la
investigación del accidente "se puede establecer la falta de formación
específica en manejo de material de bioseguridad como causa primaria del
accidente, un hecho que ha provocado que la trabajadora no utilizase el sistema
de extracción de manera adecuada".
El CJC
considera que "dado el esfuerzo económico que para la Conselleria de
Sanitat supone la dotación para la utilización por parte de los trabajadores de
material de bioseguridad, es necesario que todos ellos estén formados en su
manejo" y recuerda que no hay diferencias estadísticas entre los empleados
que no disponen de estos sistemas y los que teniéndolos a su alcance no los
utilizan correctamente. "Si las hay, en cambio, si los trabajadores están
formados", resalta el órgano consultivo.
Por todo ello,
el órgano considera probado que existe un vínculo causal entre el
funcionamiento del servicio público sanitario y el daño sufrido por la
reclamante al contraer el VIH.
DISCREPANCIAS
EN EL IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN
Respecto a la
cuantía de la indemnización, la afectada solicitaba una suma de 400.000 euros,
mientras que la Administración ofrecía 3.000 euros "teniendo en cuenta su
actual estado de salud, en el cual no se puede
considerar una proyección hipotética de la enfermedad que a día de hoy no se ha
producido".
El CJC, por su
parte, cifra el quantum indemnizatorio en 10.00 euros al considerar los
factores psicológicos derivados del contagio, dada la edad de la mujer y su
esperanza de vida, ya que el hecho de que la patología se encuentre en la
actualidad asintomática "conlleva el padecimiento por la incertidumbre
ante la eventualidad de desarrollar una infección activa de VIH".
VALENCIA, (EUROPA
PRESS)