El
juzgado de lo Penal Número 3 de Pontevedra acaba de condenar a dos trabajadores
de sendas empresas, un encargado de la obra y un jefe de equipo, a una pena de
un mes y 15 días de multa a una cuota diaria de 6 euros (unos 270 euros) como
autores de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte, como
consecuencia del accidente laboral mortal que se produjo el 11 de julio de 2007
(día de San Benito, festivo en Pontevedra) en un edificio en construcción de la
calle Pintor Laxeiro de esta ciudad.
En aquel siniestro falleció un trabajador portugués de 43 años, al precipitarse desde una altura de8
metros por el hueco del ascensor. Esta persona trabajaba
para una subcontrata de la empresa que ejecutaba la obra.
En aquel siniestro falleció un trabajador portugués de 43 años, al precipitarse desde una altura de
Así,
el pasado 16 de mayo se sentaban en el banquillo de los acusados, el encargado
de obra) y, jefe de equipo de la empresa subcontratada) para quien el fiscal
solicitaba una pena de 3 años de prisión. Según la sentencia, las causas del
accidente se debieron a que el tablero del encofrado que pisó el trabajador
fallecido "carecía de apoyo en su extremo exterior, habiendo quedado
inestable y ello como consecuencia de que las tareas de desencofrado, que
habían sido realizadas el día anterior, habían quedado incompletas, lo cual
conllevó que por el preso del trabajador el tablero basculara al faltarle apoyo
y el trabajador se precipitase al vacío".
Según
el fallo, ambos acusados tenían facultades de "decisión, ejecución y
control en la obra" y el tribunal considera que ambos "no ejercieron
el debido control de seguridad de las condiciones, permitiendo que quedara un
riesgo oculto por la absoluta falta de coordinación".
Con
todo, y como ya advertía el fiscal durante la celebración de la vista oral, el
fallo también tiene en cuenta que el operario traspasó "sin recibir
órdenes al respecto, la medida de seguridad consistente en la barandilla que
protegía esa zona".
Además
de la pena de multa para los dos trabajadores, el juzgado de lo Penal ordena
que se indemnice a la viuda y a las dos hijas del trabajador fallecido con una
cantidad cercana a los 84.000 euros en materia de responsabilidad civil.
Cantidad de la que responderán como responsables civiles subsidiarias las dos
empresas para las que trabajaban –la constructora y la empresa subcontratada–,
así como sus compañías aseguradoras. El fallo es recurrible ante la Audiencia
Provincial.