La Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM)
ha desestimado el recurso que un trabajador que resultó herido en las obras de
rehabilitación del ayuntamiento de Mazarrón presentó contra la sentencia que
absolvió a su empresa de toda responsabilidad.
La
sentencia del TSJRM señala que el juzgado de lo social número 5 de Murcia
declaró como hechos probados en una resolución dictada en marzo de 2011 que el
accidente laboral se produjo el 4 de octubre de 2010, cuando este empleado de
la sociedad limitada de una empresa de ferrallados prestaba sus servicios como
conductor de un camión-grúa.
Cuando
este trabajador realizaba las labores de descarga de unos mallazos, la carga se
vino abajo tras chocar contra una farola, lo que le produjo lesiones por las
que estuvo de baja médica más de un año.
La
Inspección de Trabajo levantó un acta de infracción en la que se hizo constar
que el accidente se produjo "como consecuencia del enganche defectuoso e
inseguro y por el choque de la carga contra un obstáculo.
El
Instituto Nacional de la Seguridad Social declaró la existencia de
responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad, por lo que
impuso un recargo del 30 por ciento en las prestaciones que la empresa debía
pagar al trabajador.
La
resolución fue recurrida ante el juzgado de lo social por la sociedad limitada,
y el juez la revocó, decisión que ahora se ve respaldada por el TSJRM.
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