El
Ministerio de Salud (MinSalud), el de Trabajo (MinTrabajo) y el de Hacienda y Crédito Público, firmaron esta nueva ley
en la que, en palabras del ministro de trabajo Rafael Pardo, “La meta es que ni un
solo trabajador en Colombia esté por fuera del sistema de protección social”
Esta nueva ley, acoge dentro
del sistema de prevención de riesgos laborales a nuevos colectivos que anteriormente no estaban
protegidos ante accidentes o enfermedades causadas por el propio desempeño de
su actividad laboral. Así, contempla la protección para:
·
trabajadores
independientes con un contrato superior a un mes,
·
a
los estudiantes que se encuentren realizando trabajos que supongan una fuente
de ingresos para la institución donde se encuentran desempeñando la actividad,
así como los que se encuentren realizando algún programa de formación necesario
para la culminación de sus estudios y que suponga un riesgo ocupacional,
·
y
a los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta, es decir,
bomberos, miembros de Defensa Civil y de Cruz Roja.
Además, ampliará la cobertura a la población que se encuentre
realizando un programa de formación laboral y a personas con pocos recursos que
hayan realizado algún aporte para la vejez.
Se amplía el
tiempo en el que prescribe el pago de las incapacidades temporales de uno a tres años.
Otra novedad
que incluye esta ley, es que, por primera vez en el país se incluyen dentro de
los riesgos laborales, los accidentes que pudiesen sufrir los trabajadores
durante el ejercicio de su función sindical y se aumenta hasta en un 20% el valor
de las sanciones por accidentes de trabajo.
Para los trabajadores, al igual que se
le aumentan sus derechos, con esta nueva ley también aumentan sus obligaciones
y responsabilidades en materia de prevención. En este sentido, deberán cumplir
con los estándares mínimos del sistema de garantía de calidad, con los
reglamentos e instrucciones establecidos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo (SG-SST), anteriormente llamado Programa de Salud Ocupacional, deben
asistir obligatoriamente y de forma periódica a programas ofrecidos por las
Administradoras de Riesgos Laborales.
En este nuevo Sistema de Riesgos
Laborales, antiguamente Sistema de Riesgos Profesionales, también las
Administraciones y el propio Ministerio de Trabajo sufren cambios en sus
obligaciones:
·
Las Administradoras de Riesgos Laborales, deberán enviar informes al Ministerio
de Trabajo sobre sus programas de prevención en las empresas afiliadas y sobre
los resultados obtenidos.
·
El Fondo de Riesgos Laborales, tiene nuevas responsabilidades como
es el destinar recursos para actividades de inspección, vigilancia y control,
creándose así, una Comisión Especial de Inspectores de Trabajo en materia de
prevención de riesgos laborales y un Sistema Nacional de Inspectores de
Trabajo.
·
Las Juntas de Calificación de Invalidez quedarán adscritas al Ministerio de
Trabajo, y sus miembros podrán ser sancionados y sus dictámenes estarán
directamente vigilados por las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría.
Estas nuevas
ordenaciones de los distintos organismos implicados en el Sistema de Prevención
de Riesgos Laborales, son muy importantes, ya que hasta el momento de
aprobación de esta ley, no existía en Colombia una definición clara sobre accidentes
y enfermedad laboral. Esto hacía que las decisiones que tomaban las empresas
aseguradoras y las juntas de calificación de invalidez, se prestaran a
interpretaciones, que en la mayoría de los casos acababan perjudicando al
trabajador. Esta controversia deja de existir al estar claramente delimitados
cada uno de estos conceptos. Las palabras de la directora de Riesgos
Profesionales del Ministerio de Trabajo, Andrea Torres, sobre el pago de las
incapacidades son muy claras: “Anteriormente la dificultad radicaba si su origen era profesional
o común. Esa era una excusa para que los responsables no hicieran los pagos
oportunos de las incapacidades. Con este nuevo sistema, los pagos se efectuarán
sin afectar a la prestación de la debida atención al empleado”.
En este contexto, el gobierno
colombiano, tampoco olvida a las micro y pequeñas empresas, quienes contarán
con una atención especial en asistencia técnica.
Enhorabuena Colombia, esta ley supone
un gran avance en el campo de la
Prevención de los Riesgos Laborales. Un trabajador seguro es
beneficio para todos y todos debemos de contribuir a que esa seguridad sea una
realidad.
Fuente: unir.net
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