sábado, 13 de julio de 2013

COLOMBIA: NUEVA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Ministerio de Salud (MinSalud), el de Trabajo (MinTrabajo) y el de Hacienda y Crédito Público, firmaron esta nueva ley en la que, en palabras del ministro de trabajo Rafael Pardo, La meta es que ni un solo trabajador en Colombia esté por fuera del sistema de protección social”

Esta nueva ley, acoge dentro del sistema de prevención de riesgos laborales a nuevos colectivos que anteriormente no estaban protegidos ante accidentes o enfermedades causadas por el propio desempeño de su actividad laboral.  Así, contempla la protección para:
·                        trabajadores independientes con un contrato superior a un mes,
·                        a los estudiantes que se encuentren realizando trabajos que supongan una fuente de ingresos para la institución donde se encuentran desempeñando la actividad, así como los que se encuentren realizando algún programa de formación necesario para la culminación de sus estudios y que suponga un riesgo ocupacional,
·                        y a los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta, es decir, bomberos, miembros de Defensa Civil y de Cruz Roja.
Además, ampliará la cobertura a la población que se encuentre realizando un programa de formación laboral y a personas con pocos recursos que hayan realizado algún aporte para la vejez.
Se amplía el tiempo en el que prescribe el pago de las incapacidades temporales de uno a tres años.
Otra novedad que incluye esta ley, es que, por primera vez en el país se incluyen dentro de los riesgos laborales, los accidentes que pudiesen sufrir los trabajadores durante el ejercicio de su función sindical y se aumenta hasta en un 20% el valor de las sanciones por accidentes de trabajo.
Para los trabajadores, al igual que se le aumentan sus derechos, con esta nueva ley también aumentan sus obligaciones y responsabilidades en materia de prevención. En este sentido, deberán cumplir con los estándares mínimos del sistema de garantía de calidad, con los reglamentos e instrucciones establecidos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), anteriormente llamado Programa de Salud Ocupacional, deben asistir obligatoriamente y de forma periódica a programas ofrecidos por las Administradoras de Riesgos Laborales.
En este nuevo Sistema de Riesgos Laborales, antiguamente Sistema de Riesgos Profesionales, también las Administraciones y el propio Ministerio de Trabajo sufren cambios en sus obligaciones:
·                        Las Administradoras de Riesgos Laborales, deberán enviar informes al Ministerio de Trabajo sobre sus programas de prevención en las empresas afiliadas y sobre los resultados obtenidos.
·                        El Fondo de Riesgos Laborales, tiene nuevas responsabilidades como es el destinar recursos para actividades de inspección, vigilancia y control, creándose así, una Comisión Especial de Inspectores de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales y un Sistema Nacional de Inspectores de Trabajo.
·                        Las Juntas de Calificación de Invalidez quedarán adscritas al Ministerio de Trabajo, y sus miembros podrán ser sancionados y sus dictámenes estarán directamente vigilados por las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría.
Estas nuevas ordenaciones de los distintos organismos implicados en el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales, son muy importantes, ya que hasta el momento de aprobación de esta ley, no existía en Colombia una definición clara sobre accidentes y enfermedad laboral. Esto hacía que las decisiones que tomaban las empresas aseguradoras y las juntas de calificación de invalidez, se prestaran a interpretaciones, que en la mayoría de los casos acababan perjudicando al trabajador. Esta controversia deja de existir al estar claramente delimitados cada uno de estos conceptos. Las palabras de la directora de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo, Andrea Torres, sobre el pago de las incapacidades son muy claras: “Anteriormente la dificultad radicaba si su origen era profesional o común. Esa era una excusa para que los responsables no hicieran los pagos oportunos de las incapacidades. Con este nuevo sistema, los pagos se efectuarán sin afectar a la prestación de la debida atención al empleado”.
En este contexto, el gobierno colombiano, tampoco olvida a las micro y pequeñas empresas, quienes contarán con una atención especial en asistencia técnica.
Enhorabuena Colombia, esta ley supone un gran avance en el campo de la Prevención de los Riesgos Laborales. Un trabajador seguro es beneficio para todos y todos debemos de contribuir a que esa seguridad sea una realidad.
Fuente: unir.net

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