El convenio colectivo contempla que se produzca esta compensación.
El Juzgado
de lo Social que se ocupó del asunto desestimó la demanda de la hija de un
trabajador fallecido como consecuencia de enfermedades derivadas de su contacto
con el amianto. Pedía que se compensase con un puesto de trabajo en Navantia.
Así lo establece el convenio colectivo en vigor, en su artículo
57, para los casos de fallecimiento como consecuencia de accidente laboral o
equivalente de enfermedad profesional. Agavida, que se ocupó del asunto, ha
anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de
Galicia (TSXG).
El trabajador, J. M. R., contaba 64 años en el momento de su
muerte. Había sido soldador en la antigua Bazán durante su vida laboral activa,
período durante el que estuvo en contacto con el amianto, utilizado profusamente
en el astillero hasta los años 80 del pasado siglo, como material aislante en
conducciones de calor y calderas. Pero también un elemento muy peligroso para
quienes respiraron el polvo que dejaba en suspensión cuando se manejaba para su
colocación. También cuando se arrancaba para proceder a la reparación de los
buques.
La sentencia considera que existe una relación de causa/efecto y
por ello, el juez condena a la empresa Izar en extinción a indemnizar a la
viuda de la víctima en 143.363 euros.
Según ha explicado Ramón Tojeiro, presidente de Agavida, tras
conocer la sentencia, «si un trabajador fallece por accidente de trabajo o
enfermedad profesional antes de los 65 años, se incorporará a la empresa un
hijo o cónyuge haciéndose extensible este acuerdo al personal en situación de
prejubilación».
La sentencia indica que Navantia no tiene responsabilidad en el
cumplimiento de esta demanda al entender que el fallecido no prestó servicio a
Navantia.
Agavida sugiere que sí lo hizo en Bazán e Izar y que luego la
actual Navantia «asumió la totalidad del contenido del convenio».
Situaciones similares
La asociación de afectados recuerda, como declaró un representante
del comité de empresa de Navantia en el juicio, que existen varios casos
similares en los que sí se concedió una plaza en el astillero, tanto a viudas
como a hijos o hijas de trabajadores fallecidos por asbestosis u otras
enfermedades derivadas de la exposición al amianto. Por ello anuncian la
presentación del recurso.