viernes, 10 de agosto de 2012

DIVULGATIVOS: LOS ENFERMEROS PROPONEN ATENDER DE FORMA ALTRUISTA A LOS EXCLUIDOS DEL SNS


Los enfermeros se están planteando la posibilidad de atender a los no beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) en consultas que se realizarían en las sedes de sus colegios profesionales de forma altruista y fuera de su jornada laboral.

Los enfermeros se están planteando la posibilidad de atender a los no beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) en consultas que se realizarían en las sedes de sus colegios profesionales de forma altruista y fuera de su jornada laboral.
Así lo propondrá el Consejo General de Enfermería a los Colegios Provinciales ante "la preocupación de carácter humanista" que, según asegura en una nota, le han manifestado numerosos profesionales por la población afectada por la reforma sanitaria y por la viabilidad legal o no de la objeción de conciencia ante esta nueva norma.
Desde la aprobación del real decreto que establece quiénes serán beneficiarios de la asistencia sanitaria y quiénes no, han sido numerosas las consultas de los enfermeros a la organización colegial sobre la viabilidad o no de esta supuesta "objeción de conciencia".
Los servicios jurídicos de la Organización Colegial de Enfermería han dictaminado finalmente que "con independencia de la valoración favorable o no que pueda suscitar esta nueva norma, los profesionales sanitarios están obligados al cumplimiento de la normativa vigente", según señala el Consejo.
Los juristas entienden que cualquier discrepancia con el real decreto debe hacerse valer a través de los cauces y con los procedimientos establecidos legalmente, pero entre esos cauces "no se encuentra la objeción de conciencia".
Por tanto, según los servicios jurídicos del Colegio, "no cabe objeción de conciencia en estos supuestos, con lo que "cualquier decisión al respecto no tendría las garantías jurídicas que sí se encuentran en otros supuesto en los que la ley ampara dicha objeción".
De esta forma, según el Consejo, "la decisión de los profesionales puede ser calificada judicialmente como desobediencia civil o insumisión, con todas las consecuencias jurídicas, judiciales y laborales que esto conlleva".
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