El juzgado de lo Social de Cuenca ha estimado la demanda de una
trabajadora de una gasolinera contra el INSS, la Tesorería General
de la Seguridad
Social , la mutua FREMAP y su empresa, declarando el derecho
de una trabajadora de una gasolinera a percibir la prestación de riesgo de
lactancia debido a las condiciones en las que amamantaba a su hijo en su
puesto de trabajo.
La sentencia se fundamenta
en un informe de 2007 de CEPSA y el Instituto Nacional de la Salud e Higiene en el
Trabajo, sobre los riesgos del trabajo en estaciones de servicio, en otro de la Asociación Española
de Pediatría en colaboración con el INSS sobre riesgos durante la
lactancia, así como en un informe del Gabinete de Salud Laboral
de CCOO de Castilla-La Mancha, que detallaba los riesgos para la lactancia que
entraña el trabajo que desempeña la mujer en la gasolinera por los agentes
químicos a los que está expuesta como benceno, tolueno, n-hexano, hidrocarburos
alifáticos e hidrocarburos aromáticos.
La sentencia considera que
estos productos son susceptibles de ser perjudiciales para la salud de la
trabajadora y la acción biológica sobre la leche materna.