domingo, 4 de noviembre de 2012

BREVES DE ACTUALIDAD: DESPEDIDO POR LLEVARSE MATERIAL DE SU EMPRESA VALORADO EN 0,90 EUROS


Una juez obliga a la compañía a que readmita al empleado, que llevaba 25 años trabajando en la empresa


ABC.ES / VALENCIA
Día 04/11/2012 - 16.33h

Una juez ha anulado el despido de un trabajador que se llevó tres bidones de la empresa en la que trabajaba, valorados en 0,30 euros cada uno. La sentencia dictada por la juez ordena a la compañía a readmitir a su empleado en las mismas condiciones que tenía antes de la decisión o bien a abonarle 65.000 euros como indemnización.
Según informa el diario Las Provincias, el afectado llevaba más de 25 años en la misma empresa y no había tenido ningún problema anterior. Además, padece una discapacidad del 55%, según consta en la resolución judicial.
Los hechos se produjeron el pasado mes de febrero. La compañía comunicó el despido por la comisión de una falta muy grave, asegurando que había abandonado su puesto de trabajo al margen del tiempo estipulado para el café y se había apoderado del citado material.
El empleado, representado por el abogado Mario Gil, se defendió diciendo que el material sustraído carecía de valor económico, aunque la empresa indicó que otra firma los retiraba a cambio de una cantidad. El despedido también se llevó unas bolsas de la basura.
Unos días más tarde de estos hechos, uno de los responsables de la compañía colocó en el tablón de anuncios el siguiente mensaje: «Está totalmente prohibido sacar de la fábrica bidones o cualquier otro material sin autorización». Tal y como recoge la sentencia, era habitual que cuando se solicitaba permiso para llevarse el material lo concedieran sin problemas. Durante mucho tiempo, además, se desechaban. Ahora «el valor de cada uno de los bidones es de 0,30 euros».
La magistrada del juzgado de lo Social número 8 de Valencia rechaza los argumentos de la empresa para despedir al empleado. Respecto a los abandonos del puesto de trabajo, al margen del estipulado para la merienda, explica que era «habitual que se parase cada hora y media o dos para fumar o tomar un café». Así, los descansos del trabajador aparecen «amparados» sin que pueda hablarse de abandono del puesto de trabajo.
La sentencia resuelve, a continuación, acerca de si se rompió la confianza entre las partes por conductas que, a través del engaño o la ocultación, rompen ese vínculo. En este punto, recuerda que el despido se reserva para las acciones más graves y debe existir «proporcionalidad» entre el hecho y la sanción.