PRESTACIONES
DEL SEGURO ESCOLAR (14-01)
Trámites y gestiones
Procedimiento
Objeto:
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Es un Seguro que
protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios
oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria
(E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante
prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente
escolar e infortunio familiar. |
Causantes:
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El estudiante. |
Prestaciones:
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Accidente Escolar:
Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por
incapacidad y gastos de sepelio.
·
Enfermedad: Asistencia
médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Incluye
la cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y
ósea . En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de
fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia y cirugía máximo-facial.
·
Infortunio familiar:
Prestación económica por fallecimiento del cabeza de familia o
ruina familiar.
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Beneficiarios:
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El beneficiario de las
prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante,
excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad
en que serán los familiares.
Más información
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Requisitos:
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Tener menos de 28 años, ser español o
extranjero con residencia legal en España.
·
Estar matriculado en los estudios
comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.
·
Acreditar un año de Seguro.
Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de
accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes
que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan
continuado sus estudios en el extranjero.
Más información
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Cuantías /
Pagos / Efectos:
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Distintas cuantías dependiendo de la
prestación.
El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga
asignada la Dirección Provincial del INSS o por transferencia en la entidad financiera elegida
en la solicitud. |
Duración:
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Dependiendo de la clase de prestación, la duración varía. |
Plazos:
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El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente
escolar es de un año.
El plazo para solicitar gastos de sepelio, infortunio
familiar y otras prestaciones económicas es de cinco
años.
El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se
resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días. |
Denegación /
Extinción:
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El Director Provincial del INSS dictará resolución concediendo o
denegando la prestación solicitada. |
Impresos:
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Solicitud de prestación del Seguro Escolar. |
Documentación:
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DNI o libro de
familia. Documento acreditativo de la identidad, para los
extranjeros
·
Estudiantes no universitarios: Certificado
del centro de estudios
·
Estudiantes universitarios: Resguardo del
impreso de matrícula
·
Documentación específica para cada
prestación
Más información
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Dónde
tramitarlo:
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En cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. |
Entidad
competente:
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El reconocimiento del derecho y pago de las prestaciones es
competencia de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se haya presentado la
solicitud. En el caso de prestaciones sanitarias será competente la
Dirección Provincial del INSS de la provincia donde se haya prestado la
asistencia sanitaria. |
Otros datos de
interés:
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Incompatibilidades.
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Prestaciones por accidente escolar.
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Prestaciones por infortunio familiar.
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