ASISTENCIA SANITARIA (1-02.D)
Régimen General
Gestión y solicitudes
Gestión y reconocimiento del derecho
· El reconocimiento del derecho a la prestación lo efectúa el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
· La prestación de los servicios sanitarios se lleva a cabo por los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Documentos que deben acompañar a la solicitud
· En todos los casos:
o Libro de Familia o certificados del Registro Civil que acrediten el parentesco con el titular de la cartilla.
o Exhibición del documento identificativo en vigor del solicitante.
· En su caso:
o Sentencia de separación o divorcio.
o Certificado de convivencia y dependencia económica.
Esta documentación puede presentarse en cualquier Oficina de la Seguridad Social.
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